La Primera Sala rechazó un recurso de casación y confirmó que el gato Perseo quede solo con su dueña, sin régimen compartido con su expareja. El tribunal sostuvo que el bienestar del animal está por encima del interés de quienes se lo disputan.

La Corte Suprema de Chile resolvió un conflicto de tenencia de mascotas entre una expareja y descartó la custodia compartida del gato Perseo. La Primera Sala rechazó el recurso de casación del demandante y dejó firme la decisión de la Corte de Apelaciones de Valdivia: el animal permanecerá exclusivamente al cuidado de su dueña. La sentencia está individualizada con el rol 44.286-2026.

El origen del conflicto

Paulina Del Rosario Torres Pérez y Rodrigo Dussarrat adoptaron a Perseo en 2021, cuando mantenían una relación sentimental. Aunque vivían en domicilios separados, compartían el cuidado del gato y afrontaban juntos los gastos de alimentación y atención veterinaria. El animal alternaba entre ambos hogares.

La pareja se separó en mayo de 2025. Las desavenencias posteriores pusieron fin a esa alternancia, y Dussarrat acudió a la justicia para recuperar el cuidado compartido.

Lo que resolvieron las instancias anteriores

El Segundo Juzgado de Letras de Osorno acogió la demanda y, en abril de 2026, dispuso un régimen de tenencia compartida: Perseo debía pasar un mes completo con cada uno. La sentencia incluso previó que las entregas se hicieran en la Primera Comisaría de Carabineros de Osorno, para asegurar un traspaso pacífico.

La Corte de Apelaciones de Valdivia revocó ese fallo y rechazó la demanda. Contra esa decisión se interpuso el recurso de casación que ahora desestimó la Corte Suprema.

Los medios consultados muestran una discrepancia menor sobre el lugar donde se desarrolló la relación: algunos hablan de Osorno y otros de Valdivia. Lo que coincide en todas las versiones es el recorrido judicial: primera instancia en Osorno, apelación en Valdivia y casación ante la Corte Suprema.

Los fundamentos de la Corte Suprema

El tribunal consideró que la normativa exige reconocer a las mascotas como seres sintientes y no solo como bienes sujetos a copropiedad. Desde esa premisa, afirmó que el bienestar del animal “debe ser objeto de protección por sobre el interés y derecho de sus dueños”.

Además, la Sala entendió que la alta conflictividad entre las partes impedía garantizar el bienestar de Perseo bajo un régimen de custodia compartida. Según el fallo, la copropiedad no basta para justificar ese tipo de esquema cuando la convivencia entre los dueños es tensa.

La Primera Sala estuvo integrada por los ministros Arturo Prado, Mauricio Silva Cancino, María Soledad Melo y Mireya López, y por el abogado integrante Raúl Fuentes.

Por qué interesa en Argentina

Se trata de una decisión de un tribunal extranjero, sin efecto vinculante en el país. Sin embargo, el razonamiento es útil como antecedente comparado en una discusión que también se plantea en los tribunales argentinos: qué ocurre con los animales de compañía cuando una pareja se separa y no hay acuerdo sobre quién se queda con ellos.

El fallo chileno desplaza el análisis desde la propiedad hacia el interés del animal. En lugar de preguntar quién es titular del bien, pone el foco en qué condiciones permiten un cuidado adecuado. Ese enfoque puede servir como argumento de derecho comparado en presentaciones locales, siempre con la cautela de que el marco normativo argentino es distinto.

Qué implica para los abogados

  • Los reclamos por mascotas tras una ruptura pueden plantearse con un enfoque centrado en el bienestar animal y no solo en la titularidad o la copropiedad.
  • La prueba sobre el nivel de conflicto entre las partes puede ser determinante: en este caso, esa conflictividad llevó a descartar un régimen compartido.
  • Conviene acreditar quién se ocupó del cuidado cotidiano, de los gastos veterinarios y de la alimentación, datos que formaron parte del relato del caso.
  • Para negociaciones y acuerdos de separación, el fallo refuerza la utilidad de pactar por escrito la tenencia de los animales, con reglas claras y realizables.
  • El texto completo de la sentencia puede consultarse en el Poder Judicial de Chile con el rol 44.286-2026, para analizar sus fundamentos antes de citarlo como derecho comparado.