La Corte Suprema declaró inadmisible la queja de Alejandro Pavese y dejó firme su pena de cinco años y cuatro meses de prisión. Con esa decisión se agotó la vía judicial ordinaria.

La condena por abuso sexual contra un joven en un taller mecánico municipal de Villa Carlos Paz quedó firme. La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible la queja que había presentado la defensa de Alejandro Pavese, y con ello cerró el camino de impugnación ordinaria. El fallo lleva la firma de los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

Qué resolvió la Corte

El Máximo Tribunal no modificó la sentencia: rechazó por inadmisible la presentación directa de Pavese y, en consecuencia, la pena de cinco años y cuatro meses de prisión pasó a ser definitiva. La calificación legal es abuso sexual gravemente ultrajante, agravado por el daño a la salud mental de la víctima.

Los hechos y la condena de origen

Según lo informado por distintos medios, los episodios ocurrieron entre diciembre de 2015 y febrero de 2016 en el taller mecánico municipal ubicado en la esquina de Alfonsina Storni y Los Ceibos. La víctima tenía 18 años y trabajaba en el lugar junto a los acusados.

La sentencia original fue dictada en 2023 por la Cámara en lo Criminal y Correccional de Sexta Nominación de Córdoba, a cargo del juez Enrique Buteler. La Voz precisó que fue el 28 de junio de 2023; otros medios solo indican el año.

La fiscalía acreditó al menos tres episodios. Dos de ellos fueron descriptos como abusos sexuales en un contexto de hostigamiento y vejaciones. El tercero, el más grave, fue calificado como abuso sexual con acceso carnal. Algunos medios agregan que las agresiones fueron registradas con teléfonos celulares. También se informó que, tras la denuncia penal, los agresores manifestaron la intención de vengarse del joven.

Otros condenados y reparación económica

La causa tuvo más imputados. Según los medios que detallaron la sentencia, Lucas López recibió seis años de prisión, mientras que Daniel Pedano y Gonzalo Benjamín Cabrera fueron condenados a cinco años y medio cada uno. No todas las crónicas consultadas mencionan sus penas, ya que muchas se centran en Pavese.

En el plano indemnizatorio, la Municipalidad de Villa Carlos Paz fue condenada a pagar 14 millones de pesos a la víctima, por daño moral y por gastos médicos pasados y futuros. No todos los medios consignan este punto, pero los que lo hacen coinciden en el monto.

El daño psicológico y la vulnerabilidad

Las pericias psicológicas determinaron que el joven sufrió un cuadro de estrés postraumático irreversible. Ese diagnóstico se vincula con la agravante por daño a la salud mental. Además, se destacó la situación de especial vulnerabilidad de la víctima frente a los agresores, que se valieron de la relación laboral y de un contexto de humillaciones.

Qué implica para los abogados

  • Cierre de la vía ordinaria: el rechazo de la queja por inadmisible agota las instancias ordinarias. Para la defensa de Pavese, el margen de revisión queda muy acotado.
  • Valor de la prueba pericial: el peso de las pericias psicológicas, que acreditaron un daño irreversible, muestra la importancia de producir y sostener esa prueba tanto para la agravante penal como para cuantificar la reparación.
  • Responsabilidad del ámbito laboral estatal: la condena a la comuna por daño moral y gastos médicos, incluidos los futuros, es un antecedente para quienes litigan reclamos de víctimas de violencia sexual en entornos de trabajo.
  • Contexto de hostigamiento: la acreditación de episodios en un marco de vejaciones y subordinación laboral resulta relevante para encuadrar casos similares y para valorar la vulnerabilidad de la víctima.
  • Acceso al fallo: el texto oficial puede consultarse en el Centro de Información Judicial o en el sitio de la Corte Suprema, y conviene revisarlo antes de citarlo.