La norma, firmada por Pablo Lavigne, modifica los criterios de asignación y flexibiliza la redistribución de cupos no utilizados. Se suman los valores FOB máximos actualizados por el Decreto 1128/2026.
El régimen de importación de autos eléctricos sin arancel tiene nuevas reglas para repartir los cupos. La Resolución 438/2026, firmada por Pablo Lavigne, secretario de Coordinación de Producción, modificó el esquema de asignación. La mayoría de los medios ubica su publicación en el Boletín Oficial el 30 de octubre de 2026, aunque Infozona la menciona como oficializada el 1 de noviembre. Conviene cotejar la fecha exacta con el texto oficial.
Cómo funciona el régimen
El esquema permite importar vehículos electrificados (eléctricos, híbridos y a hidrógeno) con un Derecho de Importación Extrazona del 0%, frente al 35% que rige habitualmente. Tiene una vigencia de cinco años y mantiene un cupo anual de 50.000 unidades. La mitad, 25.000, corresponde a empresas terminales radicadas en el país. Las otras 25.000 quedan para otras personas jurídicas, es decir, importadores.
El régimen nació con el Decreto 49/2025 y fue reglamentado inicialmente por la Resolución 29/2025 de la Secretaría de Industria y Comercio. Todas estas normas se publicaron en el Boletín Oficial.
Qué cambió con la Resolución 438/2026
La resolución establece que los criterios de asignación se fijarán y precisarán en cada convocatoria específica. Entre otros factores, podrán contemplarse:
- los antecedentes de cumplimiento dentro del régimen;
- la trayectoria en producción, importación y comercialización;
- la capacidad financiera;
- los patentamientos, tanto generales como de vehículos con motorizaciones alternativas;
- las inversiones en infraestructura de carga eléctrica vehicular.
La norma también da mayor flexibilidad para redistribuir los cupos remanentes que no se utilicen. Los criterios exactos dependerán de cada llamado, por lo que el impacto concreto se verá recién cuando se abran las próximas convocatorias.
Valores FOB máximos actualizados
El Decreto 1128/2026 actualizó los límites de valor FOB por unidad. Las fuentes discrepan sobre su fecha de publicación (29 o 30 de septiembre de 2026), pero coinciden en que entró en vigencia el 1 de octubre. Los topes quedaron así:
- eléctricos puros (BEV): USD 35.000;
- híbridos convencionales (HEV) e híbridos enchufables (PHEV): USD 18.000;
- híbridos ligeros (MHEV): USD 16.000.
Cuando se creó el régimen, el tope era de USD 16.000 por unidad para todos los vehículos electrificados. La suba permite incorporar modelos que antes quedaban afuera por su precio de origen.
Los números del mercado
Según los datos difundidos, entre enero de 2024 y junio de 2026 el precio de los automóviles bajó 29% en relación con el resto de los bienes y servicios. En 2025, los patentamientos de híbridos y eléctricos crecieron 90% frente a 2024. En los primeros siete meses de 2026 aumentaron 322% y acumularon 48.320 unidades. La participación de mercado pasó del 4,4% al 21,1% en igual período interanual, y el 72% de esas unidades correspondió a modelos alcanzados por el arancel cero.
Las convocatorias de 2025 y 2026 asignaron en conjunto 100.000 unidades, de las cuales ya ingresaron 68.792 vehículos, que representan 58 modelos de 29 marcas.
Qué implica para los abogados
- Quienes asesoran a importadores y terminales deberían revisar la Resolución 438/2026 y las bases de cada convocatoria, porque los criterios se definirán llamado por llamado.
- Conviene ordenar la documentación que acredite antecedentes de cumplimiento, trayectoria, capacidad financiera, patentamientos e inversiones en carga eléctrica, que podrían ser valorados.
- Los nuevos topes FOB deben controlarse al estructurar operaciones y contratos de compraventa o importación, según la categoría del vehículo.
- La mayor flexibilidad para redistribuir cupos remanentes abre un frente de planificación para quienes no agotan su asignación.
- Ante las discrepancias de fechas entre medios, lo prudente es verificar la fecha de publicación y vigencia en el Boletín Oficial antes de computar plazos.
